Facturación

Factura a consumidor final: cuándo pedir CUIT o DNI

Equipo de Tramitito

Emitimos facturas electrónicas en ARCA todos los días

La respuesta corta

Tenés que pedirle el CUIT, CUIL o DNI al comprador cuando la operación con un consumidor final supera los $10.000.000, cualquiera sea el medio de pago. El monto sale de la Resolución General 5700/2025 de ARCA, vigente desde el 29 de mayo de 2025, que unificó el límite en un solo valor: antes convivían dos umbrales distintos según se pagara en efectivo o con medios electrónicos, y además se actualizaban por inflación cada cierto tiempo, con lo cual mucha gente estaba usando un número viejo sin saberlo. Por debajo de ese importe la factura sale a "Consumidor Final" sin ningún dato del comprador, y eso es lo correcto: no hace falta pedir el DNI para una venta chica. Por encima, el comprobante tiene que salir identificado, y si el cliente no quiere dar el dato, la operación no se puede documentar como consumidor final anónimo. Fraccionar una venta única en varias facturas más chicas para quedar debajo del tope es justamente lo que la norma busca evitar.

“¿Le pido el DNI o no?” es una de esas dudas que aparecen en el mostrador, con el cliente adelante y sin tiempo para buscar la respuesta. La regla es más simple de lo que parece: hay un solo monto y no depende del medio de pago.

¿Cuál es el monto exacto?

La Resolución General 5700/2025 de ARCA fijó el importe en $10.000.000, vigente desde el 29 de mayo de 2025. Superado ese monto, la factura tiene que salir con el CUIT, CUIL o DNI de quien compra.

Lo importante del cambio es que ahora es un solo número. Antes convivían dos umbrales distintos —uno para operaciones en efectivo y otro más alto cuando el pago era con medios electrónicos— y encima se actualizaban por inflación cada cierto tiempo. Esa combinación hacía que mucha gente estuviera usando un valor viejo sin enterarse.

¿Qué dato hay que pedir?

Cualquiera de los tres identificadores sirve:

  • CUIT, si el comprador tiene actividad declarada.
  • CUIL, en el caso de quien trabaja en relación de dependencia.
  • DNI, que es el que vas a usar la mayoría de las veces.

Si tenés el CUIT, hay una ventaja concreta: se puede consultar el padrón de ARCA y traer el nombre y el domicilio fiscal tal como están registrados. La factura sale con los datos correctos y no dependés de cómo te los dicte el cliente.

¿Y si el cliente no quiere darlo?

Pasa, y conviene tenerlo pensado de antes. Si la operación supera el tope, no hay forma de documentarla como consumidor final anónimo: la identificación es un requisito del comprobante, no una gentileza.

Lo que no corresponde hacer es partir una venta única en varias facturas más chicas para quedar por debajo del límite. Ese fraccionamiento artificial es exactamente lo que la norma busca evitar, y deja un rastro evidente: varias facturas correlativas, del mismo día, al mismo cliente, por partes de un mismo importe.

Distinto es el caso de operaciones que de verdad son separadas: dos compras en días distintos, o dos productos vendidos en momentos distintos. Ahí cada una es una operación y se factura como tal.

¿Qué pasa por debajo del monto?

Por debajo de $10.000.000 la factura sale a “Consumidor Final” sin ningún dato del comprador, y eso es lo correcto. No hace falta pedir el DNI para una venta de $8.000: el comprobante es válido igual y el cliente no tiene por qué dejar sus datos.

Identificar al comprador nunca está de más. La norma marca el piso —cuándo es obligatorio—, no el techo. Si el cliente te da el dato de todos modos, la factura deja de ser anónima y le sirve si más adelante necesita respaldarla.

¿Cómo se relaciona esto con la letra de la factura?

Son dos preguntas distintas que a veces se mezclan. El monto define si hay que identificar al comprador; la condición frente al IVA del comprador y la tuya definen qué letra sale (A, B o C). Un monotributista emite siempre C, supere o no el tope; un responsable inscripto emite A o B según la condición del cliente. La letra que corresponde en cada caso está en qué factura hacer: A, B o C.

¿Cómo se controla el tope en Tramitito?

Cuando el importe pasa el tope, el sistema te pide el documento antes de emitir. Es preferible a dejar salir un comprobante que después hay que corregir con nota de crédito. Y si el dato que ponés es un CUIT, consultamos el padrón de ARCA y completamos el nombre y el domicilio solos.

El monto vive en la configuración y no escrito en el código, justamente porque este tipo de valores cambia. El día que ARCA lo actualice, se cambia en un lugar y vale para todas las vías de facturación.

¿El monto puede cambiar?

Este tipo de importes se actualiza por resolución, y una nota vieja es peor que ninguna. Antes de cargar el valor a mano en cualquier sistema, confirmalo en la página de facturación de ARCA. Es un minuto y te ahorra emitir mal durante meses.

De dónde salen estos datos

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué monto tengo que pedir el DNI o el CUIT?

Cuando la operación con un consumidor final supera los $10.000.000. Ese es el valor que fijó la Resolución General 5700/2025 de ARCA, vigente desde el 29 de mayo de 2025, y aplica cualquiera sea el medio de pago.

¿Cambia el monto según pague en efectivo o con tarjeta?

No. Antes había dos umbrales distintos según el medio de pago. Desde la RG 5700/2025 el límite es uno solo y no depende de cómo te paguen.

¿Qué pasa si el cliente no quiere darme el DNI?

Si la operación supera el tope, no podés documentarla como consumidor final anónimo. Las salidas razonables son partir la venta en operaciones reales y separadas (nunca fraccionar una sola venta para esquivar el límite, que es justamente lo que la norma busca evitar) o no cerrar la operación.

¿Le pido el DNI o el CUIT?

Cualquiera de los tres identificadores sirve: CUIT, CUIL o DNI. Con el CUIT, además, podés consultar el padrón de ARCA y que la factura salga con el nombre y el domicilio correctos.

¿Este monto se actualiza?

Antes se actualizaba por inflación cada tanto, y esa era la principal fuente de errores. Hoy es un valor fijo, pero conviene confirmarlo en la página de facturación de ARCA antes de cargarlo a mano en un sistema.

¿Puedo poner el DNI aunque la venta sea chica?

Sí. Identificar al comprador nunca está mal: la factura deja de ser anónima y le sirve al cliente si después la necesita. Lo que la norma exige es el piso, no el techo.

Guía completaFacturación electrónica en ARCA: guía completaQué comprobante emitir, cómo obtener el CAE, para qué sirve el QR y cómo anular una factura. La guía de la facturación electrónica en Argentina.

Seguí leyendo