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Monotributista: cómo facturarle a un cliente del exterior
Equipo de Tramitito
Emitimos facturas electrónicas en ARCA todos los días
La respuesta corta
Sí, un monotributista puede facturarle a un cliente del exterior sin cambiar de régimen ni convertirse en responsable inscripto: alcanza con emitir una Factura E, el comprobante para exportación de servicios, desde cualquier categoría, de la A a la K. Para eso hay que habilitar un punto de venta de exportación en el servicio Comprobantes en línea de ARCA. El cobro llega en dólares u otra moneda extranjera, por transferencia, Payoneer, Wise, PayPal o plataformas como Deel, y la factura se declara en pesos al tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la emisión. Lo más importante: lo facturado al exterior suma exactamente igual que las ventas locales para el tope de la categoría del monotributo, así que si tus exportaciones te acercan al límite anual, tenés que recategorizarte igual que con cualquier otro ingreso.
Facturarle a un cliente que vive fuera de la Argentina genera dudas bien puntuales: qué comprobante corresponde, en qué moneda se declara y si eso te obliga a cambiar de régimen. El trámite en sí es más simple de lo que parece, pero hay un punto que casi ningún blog explica bien: cuánto de esa facturación cuenta para el tope de tu categoría.
¿Puede un monotributista facturarle a un cliente del exterior?
Sí, cualquier monotributista puede exportar servicios sin salir del régimen. No hace falta convertirse en responsable inscripto ni inscribirse como “exportador” en ARCA: cualquier categoría, de la A a la K, puede emitir el comprobante correspondiente. El único paso administrativo previo es habilitar un punto de venta de exportación dentro del servicio Comprobantes en línea de ARCA, algo que se hace una sola vez y no depende de tu categoría ni de tu actividad.
¿Con qué comprobante se factura al exterior?
El comprobante es la Factura E, el tipo de factura específico para exportación de servicios. Se diferencia de la Factura A, B o C en que no lleva IVA discriminado (la exportación de servicios está exenta) y en que el receptor es una persona o empresa sin CUIT argentino. Si nunca emitiste una, conviene repasar primero cómo se emite la Factura E paso a paso antes de facturar tu primer trabajo al exterior.
¿Cómo se cobra y qué tipo de cambio se usa?
El cliente del exterior te paga en dólares u otra moneda extranjera, generalmente por transferencia bancaria internacional, Payoneer, Wise, PayPal o plataformas de pago a freelancers como Deel. Ninguno de estos medios cambia el comprobante que tenés que emitir. Lo que sí cambia es el cálculo: la Factura E se declara en pesos, y para convertir el monto se usa el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de emisión, no el del día en que te acreditaron el pago ni el que te dio la plataforma de cobro.
¿Tengo que liquidar los dólares que cobro?
Hasta septiembre de 2025 existía un tope de dólares que un monotributista podía dejar en el exterior o en una cuenta en moneda extranjera sin obligación de liquidarlos (convertirlos a pesos en el mercado de cambios). Ese límite venía subiendo año a año, hasta que el Banco Central lo eliminó por completo.
| Período | Tope para no liquidar divisas de exportación de servicios |
|---|---|
| 2023 | USD 12.000 anuales |
| 2024 | USD 24.000 anuales |
| Hasta el 17/09/2025 | USD 36.000 anuales |
| Desde el 18/09/2025 | Sin límite (Comunicación “A” 8330 del BCRA) |
Esto es una obligación cambiaria, separada de la obligación tributaria: que no tengas que liquidar los dólares no te exime de emitir la Factura E ni de declarar el ingreso en pesos ante ARCA al tipo de cambio del día correspondiente.
¿La facturación al exterior suma al tope del monotributo?
Sí, y esta es la parte que más se explica mal. La propia página de ARCA sobre exportación de servicios dice que los monotributistas pueden exportar “sin superar los límites de facturación de la categoría máxima correspondiente a su actividad”. En criollo: lo que facturás en Factura E se suma a lo que facturás en Factura B o C para calcular tu ingreso bruto anual, el mismo número que determina tu categoría y que dispara la recategorización si lo superás. Si tu actividad es de servicios, el tope máximo para quedarte en el monotributo (Categoría K) es de $126.610.838,75 al año, vigente desde el 1° de agosto de 2026.
| Tope monotributo — Categoría K (servicios) | Monto anual | Vigencia |
|---|---|---|
| Valor anterior | $108.357.084,05 | Hasta el 31/07/2026 |
| Valor vigente | $126.610.838,75 | Desde el 1° de agosto de 2026 |
Si facturás en pesos y en dólares (convertidos al tipo de cambio de cada Factura E), sumá ambos montos antes de compararlos con el tope de tu categoría. Podés repasar el detalle de por qué la exportación no queda afuera de este cálculo en cómo funciona el tope del monotributo con la Factura E.
¿Hay que pagar Ingresos Brutos o derechos de exportación por facturar al exterior?
Depende de la jurisdicción y del volumen. Para Ingresos Brutos, CABA, la provincia de Buenos Aires y Santa Fe no gravan la exportación de servicios, pero cada provincia tiene su propia normativa y conviene confirmarla antes de dar por sentado que estás exento. Para los derechos de exportación de servicios, el Decreto 1201/18 establece que solo se aplican por encima de USD 600.000 acumulados en el año calendario, un volumen muy superior a cualquier tope de categoría del monotributo, así que en la práctica no le llega a un monotributista individual.
En el día a día, lo más difícil de este trámite no es emitir una Factura E puntual, sino llevar la cuenta de cuánto acumulaste entre lo local y lo exportado a medida que el tipo de cambio se mueve mes a mes.
Tramitito emite facturas A, B, C y E en ARCA desde WhatsApp o la web, con CAE y QR, y lleva el acumulado de los últimos 12 meses para avisarte antes de que cruces el tope de tu categoría, sumando lo local y lo exportado.
Si tu facturación al exterior te está acercando al límite de tu categoría, la respuesta no es dejar de exportar ni de facturar en blanco: es recategorizarte a tiempo, igual que harías con cualquier otro ingreso del negocio.
De dónde salen estos datos
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pasar a responsable inscripto para facturarle a un cliente del exterior?
No. Cualquier categoría del monotributo, de la A a la K, puede emitir Factura E para exportar servicios. Solo hay que habilitar un punto de venta de exportación en el servicio Comprobantes en línea de ARCA; no hace falta inscribirse como exportador ni cambiar de régimen.
¿Qué tipo de cambio uso para la factura E?
El tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de emisión de la factura. Ese valor es el que convierte el monto en dólares (u otra moneda) a pesos para declarar el comprobante en ARCA.
¿Cómo facturo si cobro por Payoneer, Wise, PayPal o Deel?
El medio de cobro no cambia el comprobante: emitís la Factura E por el monto acordado con el cliente y declarás el ingreso en pesos al tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior, sin importar si el dinero te llega por Payoneer, Wise, PayPal, Deel o transferencia bancaria directa.
¿Hay que pagar Ingresos Brutos por exportar servicios?
Depende de la jurisdicción. CABA, la provincia de Buenos Aires y Santa Fe no gravan la exportación de servicios con Ingresos Brutos, pero cada jurisdicción tiene su propia normativa, así que conviene chequear la de tu provincia antes de asumir que estás exento.
¿Hay un límite de dólares que puedo dejar sin liquidar?
Desde el 18 de septiembre de 2025, el BCRA eliminó el tope que existía para no liquidar divisas por exportación de servicios (antes era de USD 36.000 anuales, y venía subiendo desde USD 12.000 en 2023). Esto es sobre la obligación cambiaria de convertir dólares a pesos, no cambia la obligación de emitir la Factura E ni de declarar el ingreso ante ARCA.